El pasado viernes, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) notificó la condena a México por la aplicación de las figuras de arraigo y prisión preventiva en el caso Tzompaxtle Tecpile y otros vs. México. Un día antes, la Primera Sala de la SCJN declaró inconstitucional permitir que la Fiscalía General de la República solicite, sin autorización judicial, información bancaria de las personas para el desarrollo de sus investigaciones.